A- de 2025
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante Instituto De Desarrollo De Arauca -Idear·Demandado Garrido Londoño Luis Alfredo Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Incumplimiento del presupuesto objetivo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflictos entre los Juzgados 001, 002, 004, 005, y 007 Administrativos de Arauca y el Juzgado 002 Civil Municipal de la misma ciudad, suscitados por unas demandas ejecutivas instauradas por el Instituto de Desarrollo de Arauca, IDEAR, en contra de unos ciudadanos, con el fin de que se libre mandamiento de pago por los valores respaldados en unos pagarés, que se encuentran insolutos.
Al analizar la existencia de los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena encuentra que en los casos bajo estudio, no se configura un conflicto de tal naturaleza, toda vez que las controversias no superan el presupuesto objetivo porque, los procesos ejecutivos avanzaron desde el libramiento de los mandamientos de pago hasta la aprobación de las liquidaciones de los créditos, lo que significa que dichos procesos ya fueron resueltos y no existe posibilidad de que los mismos subsistan pues, resolver de nuevo estos conflictos de jurisdicciones implicaría desconocer el carácter inmutable, vinculante y definitivo de las decisiones en firme proferidas en el marco de las demandas interpuestas por el IDEAR en contra de particulares.
La Corte se declara inhibida para pronunciarse sobre los asuntos y decide remitir los expedientes CJU 6484, 6567, 6593, 6601, 6631, 6669 y 6654 al Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca, para que proceda con lo de su competencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. ACUMULAR los conflictos de jurisdicciones CJU 6484, 6567, 6593, 6601, 6631, 6669 y 6654 por presentar unidad de materia.
- Segundo. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre los asuntos de la referencia, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva.
- Tercero. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR los expedientes CJU 6484, 6567, 6593, 6601, 6631, 6669 y 6654 al Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y a los juzgados administrativos involucrados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.